La transparencia activa es aquella que corresponde desarrollar a los organismos públicos sin necesidad que los ciudadanos efectúen ningún tipo de solicitud o petición, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley Nº 20.285. en su Artículo Nº 51. Consiste principalmente en que cada organismo debe publicar una serie de informaciones en su portal Web, transparentando de esta forma procesos que anteriormente no eran de fácil acceso a la comunidad.
Son públicos: Todos los actos y resoluciones de de los órganos de la Administración del Estado y, en especial: Sus fundamentos, Los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial y Los procedimientos que se utilizaron para su dictación. Toda información que sea elaborada con presupuesto público y toda información que se encuentre en poder, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento. Existe una presunción de que toda información de estas características es pública. Sin embargo, este derecho no es ilimitado y la ley establece cierta información que es reservada.
Es el derecho que permite a cualquier persona tener conocimiento de la información que se encuentra en cualquier entidad estatal. La Ley de Transparencia lo desarrolla en dos dimensiones:
a) Transparencia activa: El acceso permanente a información a través de los sitios Web de los organismos públicos.
b) Derecho de acceso a la información: El deber que tienen los organismos públicos de recibir solicitudes de información y entregar ésta, salvo que exista un motivo de secreto o reserva.
La transparencia pasiva es el derecho de acceso a la Información mediante requerimientos específicos, que cualquier persona puede hacer al Municipio de Queilen, a través de solicitud por escrito o vía Internet de acuerdo a formularios. para tal efecto y en las condiciones estipuladas en el Título IV de la Ley de Acceso a la Información.
Toda persona puede presentar una solicitud en forma electrónica, a través de este link o si lo desea hacer materialmente, puede descargar nuestro formulario de solicitud de información y entregarlo en la oficina de Partes e Información de la CODEP.
Para saber el estado de una solicitud, debe entrar al portal en este link y luego presionar el botón "Mis solicitudes". Se abrirá una nueva pantalla donde deberá ingresar el código de solicitud.
En cualquiera de estos casos, puede usted recurrir ante el Consejo para la Transparencia y presentar el respectivo reclamo para su tramitación.
Si su reclamo es por denegación de información, debe realizarse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la denegación de acceso a la información, o desde que haya expirado el plazo definido para dar respuesta (20 días hábiles, más los días de la prórroga, si se da el caso) sin que ésta se le haya entregado.
Los pasos que debe seguir en el Portal de Transparencia son los siguientes: